La ministra Loretta Ortiz Ahlf consideró que esta figura está perfectamente definida en la ley para que sean operadores y promotores de los programas sociales de la actual administración
Ciudad de México, 24 de mayo de 2022.- La votación acerca de la inconstitucionalidad sobre la figura de los superdelegados como los principales promotores y operadores de los programas sociales del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, que había quedado empatada el martes pasado a cinco votos, quedó destraba ayer con su voto a favor.
A juicio de Ortiz Ahlf, “las atribuciones ahí previstas razonablemente pertenecen al ámbito federal, pues sus funciones se sujetan a los principios de control, mando y vigilancia de tipo jerárquico característico del poder ejecutivo federal”.
Explicó que a su consideración el artículo 17 TER impugnado no transgrede el principio constitucional de federalismo.
La acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal fue presentada por legisladores, partidos de oposición y el gobierno de Michoacán el mes de noviembre de 2018.
Ante tal fue desechada la controversia constitucional que promovió el gobierno de Michoacán, al resolver que la reformas a la LOAPF impugnadas no invaden las facultades administrativas legales de la entidad.