TEEH amonestó a Noé Paredes y Armando Mera por utilizar propaganda con menores de edad

TEEH

La ley no permite que salgan menores sin la debida autorización de sus padres o tutores

 

El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) amonestó de forma pública a los excandidatos a edil de Tula de Allende y a diputado local del distrito de Mixquiahuala, Noé Paredes Meza y Armando Mera Olguín respectivamente, por el uso indebido de imágenes de niños en su propaganda electoral.

Durante la sesión pública celebrada este 14 de junio se resolvió el juicio TEEH-PES-038/2024, en el cual se señaló a Noé Paredes Meza,
candidato independiente, por vulnerar el derecho superior de la niñez al utilizar la imagen de un menor en una publicación de propaganda electoral en su cuenta de Facebook el pasado 30 de abril.

En el caso de Armando Mera Olguín, candidato del Partido del Trabajo (PT) a diputado local, también hizo uso de imágenes de un niño en su campaña electoral, aunque las publicaciones que
contenían dichas imágenes fueron eliminadas cuando las autoridades intentaron investigar
el caso en profundidad, pero se verificó la existencia por lo que fueron sancionados.

Si en la propaganda política o electoral se recurre a imágenes de personas menores de edad como recurso propagandístico y parte de la inclusión democrática, se deben cumplir ciertos requisitos mínimos para garantizar sus derechos, como el consentimiento por escrito o cualquier otro medio de quienes ejerzan la patria potestad o tutela, así como la opinión de la niña, niño o adolescente en función de la edad y su madurez, según la normativa electoral.