LXIV Legislatura aprueba Interrupción Legal y Gratuita del Embarazo en Hidalgo
Pachuca de Soto, Hgo.- Con 16 votos a favor y una abstención de 28 diputadas y diputados presentes, la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo aprobó el dictamen emitido por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales que modifica el Código Penal de la entidad, así como la Ley de Salud del estado, en materia de Interrupción Legal del Embarazo.
Calientan ánimos previo a la votación
En medio de la discusión, integrantes de los grupos legislativos de Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Encuentro Social Hidalgo (PESH), María Teodora Islas Espinoza, Claudia Lilia Luna Islas, Asael Hernández Cerón, José Luis Espinosa Silva, Mayka Ortega Eguiluz, Adela Pérez Espinoza, María Luisa Pérez Perusquía y Viridiana Jajaira Aceves Calva, condenaron que la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales quebrantara el proceso legislativo.
Los legisladores criticaron que haya sido la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales quien haya dictaminado la iniciativa presentada por las y los diputados Roxana Montealegre Salvador, Rosalba Calva García, Lucero Ambrocio Cruz y Ricardo Raúl Baptista González, toda vez que afirmaron que en la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Hidalgo, así como su Reglamento, establece que es la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia quien debe conocer y dictaminar asuntos en materia penal y judicial.
En respuesta, la diputada Roxana Montealegre sostuvo que, de acuerdo con el ordenamiento interno del Poder Legislativo, señala que la comisión a su cargo, puede conocer, estudiar y dictaminar todas las leyes de corte estatal, por lo que dijo que estaba facultada para atender dicha iniciativa.
La resolución
Con la aprobación por mayoría de votos, se estableció en el Código Penal para el Estado de Hidalgo que el aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación. Para los efectos del Código Penal, el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio.
Así como de que se le impondrá de seis meses a un año de prisión y de 10 a 40 días multa a la mujer que cometa el delito de aborto. Esto aplicará a quien haga abortar a la mujer con consentimiento de ésta; mientras que el aborto forzado es la interrupción del embarazo sin el consentimiento de la mujer y a quien cometa el delito de aborto forzado, se le aplicará una pena de tres a siete años de prisión y de 40 a 150 días multa, en caso de que haya violencia, se impondrá de cuatro a nueve años de prisión y de 50 a 200 días multa.
Respecto a la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo, señalan que para aquellos médicos cuya intervención en una ILE coarte sus principios personales, podrán ser objetores de conciencia y por tal razón excusarse de intervenir en la interrupción legal del embarazo, teniendo la obligación de referir a la mujer con un médico no objetor.
Así también, las instituciones públicas, privadas y sociales que presten servicios de salud en el Estado de Hidalgo, deberán proveer el servicio para la interrupción legal del embarazo, de forma gratuita y en condiciones de calidad y salubridad que garanticen la dignidad humana de las mujeres en los supuestos permitidos en el Código Penal para el Estado de Hidalgo y a solicitud de la interesada, quien deberá cubrir los requisitos establecidos en las disposiciones aplicables, en el caso de las instituciones públicas, dicho servicio deberá ser gratuito.
De la misma forma, el Gobierno del Estado de Hidalgo tendrá la obligación de proporcionar información objetiva, veraz, suficiente y oportuna sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos de la interrupción del embarazo; así como de los apoyos y alternativas existentes, para que se tome la decisión de manera libre, informada y responsable.