SCJN invalida transferencia de Guardia Nacional a Sedena

Por mayoría calificada determinó que el decreto emitido en septiembre del 2022 es contrario al artículo 21 constitucional

 

Por considerar que viola el artículo 21 constitucional que prevé que todas las instituciones de seguridad pública sean de carácter civil, incluyendo a la Guardia Nacional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto que transfería el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

Por mayoría calificada de 8 votos contra 3, el Pleno de la Suprema Corte invalidó los cambios a los artículos 29 y 30 Bis de Ley Orgánica de la Administración Pública Federal que preveían la readscripción de la Guardia Nacional a la Sedena.

Quienes votaron a favor del decreto que transfería la operación y recursos de la Guardia Nacional, fueron los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa.

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La ministra Presidenta de la Norma Lucía Piña Hernández explicó que estas reformas no regulaban las leyes transitorias de la Guardia Nacional, sino que pretendían regular el artículo 21 constitucional, por lo que no hay dudas de que se estaba violando la Constitución.

A su vez, la ministra Margarita Ríos-Farjat advirtió que aun cuando la norma invalidada sostenía que la Guardia Nacional estaba adscrita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) conservando así su carácter civil, transferir recursos y operaciones a la Sedena dejaba sin materia la dirección de la propia de la Secretaría de Seguridad.

Asimismo, por 9 votos contra dos, el Pleno de la Corte anuló la facultad del Secretario de la Defensa Nacional de nombrar al titular de la Guardia Nacional, por lo que esa facultad se regresa al Presidente de la República sin intervención del titular de la Sedena.

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