“Toda ley contiene preponderantemente reglas de carácter general abstractas, lo que no obsta que contenga, excepcionalmente, reglas de carácter particular concretas”, señala el diputado Espinosa Silva
Esta tarde, en el Congreso de Hidalgo, las y los legisladores María Luisa Pérez Perusquía, Mayka Ortega Eguiluz, Adela Pérez Espinoza; así como los diputados Julio Manuel Valera Piedras y José Luis Espinosa Silva, integrantes del Grupo Legislativo del PRI, presentaron una iniciativa que reforma el artículo 135 de la Constitución Política federal.
Esta iniciativa, señaló José Luis Espinosa Silva, “propone que, para que se pueda reformar o crear leyes generales se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México”.
“Toda ley contiene preponderantemente reglas de carácter general abstractas, lo que no obsta que contenga, excepcionalmente, reglas de carácter particular concretas”.
“Hay instrumentos jurídicos en los que tal preponderancia no es tan clara y se les puede calificar como textos normativos de carácter mixto porque están conformados por los dos o más tipos de reglas: el caso por antonomasia son los presupuestos de egresos actuales”.
El legislador también refiere que el término “general” se ha usado de mala forma en algunos casos que refieren a situaciones federales.
No obstante, “el problema no se resuelve simplemente sustituyendo ‘la palabra ‘general’ por’ ‘federal’, pues no siempre el calificativo “federal” indica competencia exclusiva de la federación”.
“Los Estados cuentan con facultades constitucionales reservadas, mientras que la Federación y la Ciudad de México gozan de facultades expresas, esta es la sencilla regla general, entre órdenes federal y local se suponen delimitados sus ámbitos competenciales”, destacó Espinosa Silva.
“Las leyes expedidas por el Congreso de la Unión, no deben de invadir competencias y, en su caso, generar una controversia constitucional, regular –incidir- en facultades que en la Constitución están reservadas a los Estados”, enfatizó Espinosa Silva.
En este sentido, el diputado del PRI destacó ante el pleno que las legislaturas locales tienen en el proceso de reforma a la Constitución una doble intervención: una, potestativa; la otra, obligatoria, la primera es el derecho de provocar la acción reformadora mediante una iniciativa; la segunda, la de aprobar o no aprobar un proyecto de modificación que les envía el Congreso de la Unión.
Finalmente, el congresista presentó la iniciativa “para proponer que el Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, hagan el cómputo de votos de las Legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas, para que entonces, el mismo procedimiento se lleve a cabo para la creación o reformas de leyes generales” finalizó.