Presentan la primera demanda de amparo contra la reforma de pensiones

Presentan la primera demanda de amparo contra la reforma de pensiones. Foto Stock

El primer amparo interpuesto contra la reforma a ley de pensiones tras publicación en DOF, es promovido por 727 servidores de diversas dependencias; modificación afecta el manejo de sus recursos en los Afores, aseguran

 

Este jueves 02 de mayo fue presentado el primer amparo colectivo contra la reforma a la ley de pensiones;de acuerdo con la firma Trusan & Roma Abogados la demanda proviene tanto del sector público como privado, ya que consideran que dicha reforma afecta el manejo de sus recursos en el futuro.

A unas horas de que el presidente Andrés Manuel López Obrador firmó el decreto que crea el Fondo de Pensiones del Bienestar, este jueves los abogados Rodolfo Martínez y Sandra Minerva, de la firma Trusan & Roma Abogados, presentaron en el Palacio de Justicia Federal, en San Lázaro, la demanda de garantías que contiene la firma de 727 personas que impugnan las reformas.

Rodolfo Martínez señaló que este primer amparo reclama que la modificación a la ley “afecta la forma en como ellos decidieron que iban a manejarse en el futuro sus recursos en los diferentes Administradores de Fondos para el Retiro (Afores).

“Por tanto, esta reforma es inconstitucional, toda vez que es retroactiva y además vulnera el principio de seguridad jurídica”, expresó.

El litigante anunció que en los próximos días se promoverán otros amparos colectivos de trabajadores del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), de la Comisión Nacional Bancaria, de la Guardia Nacional (GN), así como del Instituto Nacional Electoral (INE) y de otras dependencias federales, para que sus ahorros no se vean afectados, por irse al llamado Fondo de Pensiones del Bienestar.

El pasado 30 de abril, el gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto a través del cual se oficializó la creación del Fondo de Pensiones del Bienestar, el cual fue firmado por el titular del Ejecutivo el 1 de mayo.

En este se ordena a las Administradoras de Fondos para el Retiro y a las instituciones que realicen funciones similares, transferir los recursos de las subcuentas de los trabajadores que cumplan 70 años y que nos las reclamen, al Fondo de Pensiones para el Bienestar, acción que deberán llevar a cabo sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso el mismo día en que se realice.

Asimismo, señala que los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda son propiedad imprescriptible de los trabajadores.

Sin embargo, en caso de que dichos recursos no hubiesen sido aplicados para otorgar créditos a favor de los trabajadores, serán transferidos al PENSIONISSSTE, las Administradoras o Aseguradoras para la contratación de la Pensión correspondiente o su entrega en una sola exhibición, según proceda.