INE obligado por ley a realizar Revocación de Mandato, sentenció la SCJN

El máximo tribunal en México declaró improcedente que la autoridad electoral no haga los ajustes del monto asignado como lo prevé la Ley Federal de Revocación de Mandato

 

El INE Tendrá que llevar a cabo la Revocación de Mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador, luego de la resolución y sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, si se obtiene el número de firmas ciudadanas que se requieren para realizar tal ejercicio.

La SCJN precisa que, de recabarse este requisito, de acuerdo con la Ley Federal de Revocación de Mandato, si el Instituto Nacional Electoral no realizará este, podría incurrir en faltas penales.

El acuerdo de la controversia constitucional que el INE interpuso contra el recorte presupuestal 2022 avalado por la Cámara de Diputados.

La controversia interpuesta por INE argumenta que la disminución de casi 5 mil millones de pesos obstaculiza la realización de la consulta de revocación de mandato, al tener un faltante de 3 mil 830 millones de pesos, toda vez que, de acuerdo con la normativa este ejercicio debe hacerse en las mismas dimensiones que caracterizan a las elecciones federales.

Durante la sesión de ajustes de presupuesto 2022 celebrado la semana pasada por el INE, el consejero presidente Lorenzo Córdova Vianello, sostuvo que de realizarse la Revocación de Mandato sin el presupuesto requerido no se podrá cumplir con la estipulado en la normatividad establecida, “Hoy estamos ante un dilema de que difícilmente podrá hacerse conforme lo dice la ley, ese es el dilema en el que nos colocó la Cámara Baja”, expresó.