El T-MEC y la Reforma Eléctrica, tema del Foro 14 Parlamentario

Participan abogados de la CFE y especialistas en el análisis de la iniciativa del ejecutivo

 

Ciudad de México.- El Foro de Parlamento Abierto número 14 analizó el tema de “Convencionalidad de la iniciativa de reforma eléctrica: T-MEC vs Reforma Eléctrica”, en el participaron abogados de la Comisión Federal de Electricidad y especialistas en el tema.

Durante la exposición del abogado general de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Raúl Jiménez Vázquez, indicó que la reforma constitucional planteada por el presidente de la República cumple con una responsabilidad política, social, jurídica e histórica de orden superior.

Agregó que garantiza los intereses supremos de la nación, que es necesaria e impostergable; alineada a los principios vertebrales del constitucionalismo social y, de ninguna manera, contraviene el Tratado de Libre Comercio México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC).

Detalló que en el capítulo 8, relativo al rubro de la energía, se establece que: “México se reserva su derecho soberano de reformar su Constitución y legislación interna”, esto significa que la propuesta constitucional no está constreñida por el ámbito de aplicación de materia del T-MEC.

Resaltó que el tema de los energéticos no forma parte ni del capítulo 8 ni de ninguno de los capítulos del T-MEC; el tema energético está fuera del tratado.

Aclaró que, si bien está el precepto 27 de la Convención de Viena, de que los pactos deben ser respetados, “y en el capítulo 8 tenemos un pacto puntual de que Canadá y Estados Unidos se comprometieron a respetar la soberanía legislativa de México para modificar la Constitución; no veo dónde pudiese haber conflicto entre la propuesta del Ejecutivo y el T-MEC, porque el sector energía está fuera del T-MEC”.

Iniciativa se contrapone a los compromisos en el T-MEC

Para Ana López Mestre Martínez, directora General en American Chamber of Commerce of México, lo que preocupa de la iniciativa es que afectaría la confianza de los inversionistas, comprometería la transición energética y la integración de las cadenas de suministro de Norteamérica y que sí se contrapone a los compromisos que México ya adquirió en el T-MEC”.

Afectaría dijo, porque esta iniciativa es la más reciente de varias acciones encaminadas a proteger a las empresas energéticas estatales en detrimento de las privadas y de la libre competencia del mercado.

Subrayó que impactaría la producción industrial porque en lugar de comprar electricidad en un mercado abierto, habría un jugador con ventaja que, además, sería el mismo que ponga las reglas.
Indicó que esta reforma contraviene el principio de trato no discriminatorio entre empresas del Estado y el resto del mercado, cancela contratos y cambia las reglas establecidas, lo que en términos del T-MEC constituye una expropiación indirecta, afecta el principio de libre competencia y prevención de prácticas monopólicas al asimilar y debilitar a los órganos reguladores y pone a México ante el riesgo de enfrentar litigios internacionales porque el T-MEC incluye herramientas para proteger a los inversionistas y hacer cumplir las obligaciones de todas las partes.

Reforma no favorece inversiones de un país en particular

Almudena Otero de la Vega, abogada del departamento de Arbitraje de la CFE, dijo que la reforma constitucional es compatible con las obligaciones del T-MEC. Puntualizó que no tiene efectos discriminatorios ni favorece a inversiones de un país en particular, por lo que éstos tienen las mismas circunstancias independientemente de su nacionalidad.

Subrayó que: “Los inversionistas extranjeros cuentan con las mismas oportunidades para generar electricidad y competir en el mercado que los privados mexicanos. Ambos están en circunstancias similares para competir en el 46 por ciento disponible en la inversión privada y se les aplicará el mismo marco jurídico”.

Estimó que para verificar la compatibilidad de la reforma del T-MEC, se debe evaluar el trato que se otorgará a los inversionistas. Reiteró que ésta no viola los principios de nación más favorecida, de trato nacional y el de nivel mínimo de trato.

Puntualizó que la reforma es una respuesta para resolver la crisis energética. Afirmó que se tiene que hacer un análisis cuidadoso sobre cuál será el efecto que se tenga en la competencia. Ante la pregunta de qué es el tratamiento especial a inversionistas privados, mencionó que la reforma establece emparejar el piso de competencia y dejar claras las reglas del juego al dividir los porcentajes.

La reforma es violatoria del T-MEC

Kenneth Smith Ramos, ex jefe de la negociación técnica para T-MEC y socio en AGON-Economía, Derecho, Estrategia, indicó que la reforma como está redactada es violatoria del T-MEC y podría haber represalias comerciales y demandas multimillonarias en contra del país. Refirió que el capítulo 8 de ninguna manera otorga a México un cheque en blanco para violar el Tratado, a través de cambios constitucionales.

¿Qué es lo que sucede? Cualquier cambio constitucional, a leyes secundarias o reglamentos técnicos tiene que ser compatible con los compromisos del Tratado. “No podemos tomar el capítulo 8, el cual tiene que ver con hidrocarburos y argumentar que eso da la posibilidad de negar todos los demás compromisos que se tienen del Tratado”. Agregó que el T-MEC protege las inversiones en el sector eléctrico a través del capítulo 14 en materia de inversión.

Si México no solicitó excepciones específicas adicionales, entonces no se puede acotar el espacio para que el sector privado participe en actividades productivas en el sector eléctrico, afirmó.

Hay reglas en el Tratado sobre cómo se deben conducir las empresas comerciales del Estado, estableciendo un piso parejo, condiciones comerciales, transparencia regulatoria y no discriminación a favor de los monopolios estatales, añadió.

Afirmó que no se puede usar el capítulo 8 como un as bajo la manga para decir que no podemos o no debemos cumplir con la obligación que se plasma en el capítulo de empresas comerciales del Estado, acceso a mercado, obstáculos técnicos al comercio y en materia de inversión.