Deudores alimentarios, inelegibles a cargos de elección popular

BLIGACION ALIMENTARIA
Deudores alimentarios, inelegibles a cargos de elección popular. Foto: Especial

La medida para evitar que los deudores alimentarios se postulen a cargos públicos defiende el interés general de los niños y adolescentes.

 

Ciudad de México, a 18 de enero de 2023.- En el estado de Yucatán, se recibió con celebraciones y júbilo la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la decisión de validar que los deudores de pensiones alimentarias en Yucatán no podrán acceder a cargos públicos o de elección popular.

La decisión de la corte da el visto bueno a una reforma que en materia electoral se aprobó en 2022 en el estado y que promueve la restricción, misma que fue criticada y combatida por la Comisión nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

9 ministros, estuvieron de acuerdo en que la medida se apega a los receptos constitucionales debido a que busca preservar el interés general de los niños y adolescentes, pero también, manifestaron, el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia.

“La medida tiene un fin constitucionalmente legítimo, porque pretende garantizar y proteger el derecho de alimentos mediante la restricción del derecho del deudor alimentario moroso para acceder a cargos públicos”, argumento en su ponencia el ministro Alberto Pérez Dayan.

Abundo al exponer que “la finalidad de la norma es desincentivar el incumplimiento de las obligaciones alimentarias, lo cual, en sí es constitucionalmente válido si se considera la situación jurídica y materialmente indeseable en la que se encuentran quienes son personas acreedoras”.

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Patricia Olamendi
Patricia Olamendi quien acompaño como abogada las acciones en contra de la acción de inconstitucionalidad presentada por CNDH que buscaba evitar que se declarara inelegibles a los deudores alimentarios a cargos públicos. Foto: Especial

¿Quiénes aprobaron que los deudores alimenticios no postulen a cargos públicos?

Quienes acompañaron la defensa de la reforma de Yucatán fueron Patricia Olamendi, abogada feminista que formuló el amicus curiae con el que Mujeres en Plural, 50 más 1, Todas México, Brujas del Mar, Nosotras tenemos otros Datos y Las Constituyentes Mx.

Olamendi, quien es consultora de las naciones Unidas, señaló a los medios de comunicación que “la exposición del ministro de la Corte Pérez Dayán fue muy importante porque hizo un análisis de ponderación de derechos conforme al artículo primero constitucional en donde los derechos de niños se afectan por este incumplimiento”.

Yndira Sandoval de las Constituyentes, consideró “hoy ganamos las mujeres, niños. En democracia, las reglas han cambiado” y celebró que fue “desechada la vergonzosa acción de inconstitucionalidad de la CNDH”

La activista cuestionó “¿Qué de honesto tiene ser deudor, agresor o acosador?” en referencia que para acceder a un cargo de elección popular la constitución establece que se debe tener un modo honesto de vivir.

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