¡Puente triple! Estos serán los días de descanso obligatorio en marzo

Los estudiantes, profesores y trabajadores podrás disfrutar de un gran descanso de acuerdo al calendario de días feriados de la SEP y LFT.


Marzo llegará con varios días de descanso para los estudiantes, docentes y trabajadores de México, pues los diferentes calendarios que rigen a estos sectores marcan fechas oficiales con hasta tres puentes para que disfruten de una «mini vacaciones».

Sin duda, los más afortunados serán las y los estudiantes, así como los profesores de nivel básico, pues según el calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP) los alumnos de preescolar, primaria y secundaria tendrán en marzo hasta tres puentes.

¿Cuándo son los días de descanso oficiales en marzo?

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), el próximo 17 de marzo está marcado en el calendario como día oficial de descanso, por lo que el primer gran puente será desde el 15 hasta el 18 de marzo, esto con motivo del natalicio de Benito Juárez.

A pesar de que el natalicio de Benito Juárez es el 21 de marzo, por ley la fecha se recorre al tercer lunes del mes para que los trabajadores tengas un día de descanso extra.

En cuanto a los estudiantes, podrán disfrutar de un segundo puente del 21 y al 23 de marzo debido al registro de calificaciones.

Finalmente, el viernes 28 de marzo, los estudiantes inscritos a la SEP no tendrán clases por la reunión del Consejo Técnico Escolar (CTE), lo que le dará un tercer y último puente para que regresen a sus actividades escolares el 31 de marzo.

Entonces así quedan los puentes y días de descanso oficiales durante marzo:

  • Primer puente del 15 al 17 de marzo: Estudiantes, docentes y trabajadores
  • Segundo puente del 21 al 23 de marzo: Estudiantes y docentes
  • Tercer puente del 28 al 30 de marzo: Estudiantes y docentes

¿Cuánto me deben de pagar si trabajo en días feriados?

Si trabajas el próximo 17 de marzo, el cual es un día de descanso oficial, de acuerdo al Art.75 de la Ley Federal del Trabajo, el empleador debe de pagarte tu día laboral correspondiente, más una compensación equivalente al doble de tu salario.