Comercios cuentan con dos meses para colocar señalética de espacios libres de humo

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Comercios cuentan con dos meses para colocar señalética de espacios libres de humo. Foto: Especial

Establecimientos de México deberán cumplir con señalización de espacios libres de humo

 

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) junto a la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) anunciaron mediante un comunicado, la publicación del manual de identidad gráfica. También la señalización con el propósito de delimitar los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones.

México endureció las medidas contra el consumo de tabaco y el nuevo reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco (), mismo que entró en vigor el 15 de enero de 2023. La reglamentación prohíbe a usuarios fumar en patios, parques de diversiones, terrazas, área de juegos, hoteles y playas, entre otros.

Conadic y Cofepris informaron, los materiales podrán descargarse libremente en gov.mx/Cofepris y los establecimientos tendrán hasta principios de abril de 2023 para señalizar las áreas. El mensaje deberá indicar, el espacio es libre de humo de tabaco y emisiones y su objetivo es «proteger la salud de las personas no consumidoras de productos de tabaco y nicotina», señalo la Cofepris.

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Un comunicado enviado a NotiPress por Cofepris señala, la señalética deberá estar visible al público en la entrada del establecimiento y es obligatoria. Tendrá el logotipo y la leyenda «Está prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina«. La normativa también dice, la señalética deberá contener frases de advertencia sobre incumplimiento y el número telefónico para presentar quejas y denuncias.

Por su parte, el manual también ofrece información sobre colocación de señalética para áreas permitidas para fumadores, siempre que se respeten los lineamientos del Reglamento de la Ley General para el control de Tabaco (RLGCT). Estos espacios contarán con una leyenda «Zona exclusiva para fumar» y deberán tener pictogramas indicativos de la prohibición de niños, mujeres embarazadas y adultos mayores, señala el comunicado.

En caso de incumplimiento, Cofepris impondrá sanciones como amonestación con apercibimiento, multa cuyos montos irán desde una a 100 Unidades de medidas y actualización (UMAS), es decir, de los 103.74 a 10 mil 374 pesos mexicanos. En algunos casos podría implicar clausura temporal o definitiva a los establecimientos que no garanticen espacios cien por ciento libres de humo y emisiones.

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