Condonarán impuestos al predial y sobre nóminas en CDMX

Las medidas de apoyo a la economía familiar fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Plan de Reactivación Económica 2022-2024

 

Ciudad de México, 23 de marzo de 2022.- El Gobierno de la Ciudad de México informó que a partir hoy 23 de marzo y hasta el 30 de diciembre del presente ejercicio fiscal, se adelantará el acceso al beneficio fiscal para el pago del impuesto predial, por única ocasión, a personas desde los 58 años, y se condonará el pago del impuesto Sobre Nóminas a favor de empresas de nueva creación o que reinicien actividades.

Como parte de las medidas anunciadas, para acelerar la Reactivación Económica de la Ciudad de México, se publicaron las resoluciones que permitirán otorgar los beneficios fiscales, en aras de incentivar y fomentar la recuperación económica entre los grupos de atención prioritaria.

La resolución relativa al pago del Impuesto Predial, a partir del segundo bimestre del ejercicio fiscal 2022, por única ocasión y a favor de los contribuyentes de 58 años o más, sin ingresos fijos y de escasos recursos, que sean propietarios del suelo y las construcciones adheridas a él, independientemente de los derechos que sobre las construcciones tenga un tercero, se subraya que siempre que el inmueble sea de uso habitacional y su valor catastral no exceda de $2,323,374.00 pesos, a efecto de que únicamente se pague la cuota de $55.00 pesos bimestrales.

Para obtener este beneficio se genera una solicitud electrónica, ingresando con su “Llave CDMX”, a la Plataforma disponible en: https://descuentopredial.cdmx.gob.mx/.

Una vez validados los requisitos y acreditada la obtención del beneficio que corresponda, los contribuyentes recibirán, a través del correo electrónico que proporcionen en la Plataforma, el formato para pago a Tesorería con línea de captura que contendrá el beneficio correspondiente para ser pagado en cualquiera de los más de 8 mil puntos de recaudación de las Auxiliares de la Tesorería.

Los beneficios también serán aplicables a favor de cónyuges sobrevivientes del propietario que tengan 58 años o más, sin ingresos fijos y de escasos recursos, cuyo cónyuge fallecido aparezca en el padrón del Impuesto Predial como propietario del inmueble de uso habitacional, respecto del cual se solicite la condonación que corresponda.

Se subraya que Derivado de la emergencia sanitaria ocasionada por la Covid-19, las micro y pequeñas empresas fueron las que más resintieron el impacto económico del cierre de actividades; por ello, las acciones tendentes al apoyo, impulso y fortalecimiento de la economía, tanto de las familias, como de los comercios e industrias.

La segunda resolución, condona cien por ciento del pago del Impuesto Sobre, durante los tres primeros meses partir de la constitución o inicio de actividades de una micro o pequeña empresa, así como aquellas que hayan suspendido actividades desde el 1 de marzo de 2020 y reinicien sus operaciones a partir del 23 de marzo del presente año.

Para obtener dicha excepción de pago, los contribuyentes deberán estar registrados o registrarse, en el Padrón de Nóminas de la Ciudad de México, así como realizar la declaración correspondiente a través del Sistema de Administración de Contribuciones (SAC), disponible en la dirección electrónica https://innovacion.finanzas.cdmx.gob.mx/siscon/ en la opción correspondiente al Impuesto, donde se generará el recibo de pago respectivo con la aplicación del beneficio.