Las prestaciones laborales aprobadas tras las reformas a la Ley Federal del Trabajo entrarían en vigor cuando se reanude el periodo de sesiones ordinarias en febrero de 2024 ¿Cuáles son estas prestaciones y de que tratan?
La licencia de paternidad y la Ley Silla serán parte de las prestaciones que ya existen en la Ley Federal del trabajo
Cambios en la licencia de paternidad
Los hombres tienen derecho a un permiso de paternidad de 20 días laborales con goce de sueldo, que anterior a este cambio se daban solo 5 días contados a partir del nacimiento de sus hijos o en caso de la adopción de un infante.
Se establece la anterior modificación que en caso de complicaciones posteriores al parto que perjudiquen a la madre o al recién nacido, el permiso podrá ser de hasta 30 días, previa presentación del certificado médico correspondiente.
Sin embargo el permiso de paternidad de 20 días tendrá que esperar hasta que se reanude el periodo de sesiones ordinarias, que es hasta el 1 de febrero de 2024.
Tras su aprobación en la Cámara de Diputados, la reforma será enviada al Senado para que sea analizada, y en su caso aprobada por los senadores, una vez avalada pasará al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
¿En qué consiste la Ley Silla?
Esta iniciativa que deberá pasar por la Cámara de Diputados y que resulta en extremo necesaria para la seguridad y salud en el trabajo ya fue aprobada por unanimidad en Comisiones Unidas de Trabajo y Estudios Legislativos del Senado de la República.
La Ley Silla trata de no permitir que las personas trabajadoras permanezcan de pie durante toda la jornada laboral, obligando a los centros de trabajo a proveer sillas con respaldo y a repensar los periodos de descanso.
Recuento de Prestaciones laborales según la LFT
- Vacaciones
- Prima Vacacional
- Aguinaldo
- Seguridad Social
- Pago de utilidades
- Días de descanso
Otras prestaciones
Licencia de Maternidad: Las mujeres tienen derecho de no acudir a trabajar 6 semanas antes y 6 semanas después de su embarazo, con goce de sueldo.
Periodo de Lactancia: Las mujeres pueden tomar dos descansos de media hora al día para alimentar a su bebé en caso de que la empresa tenga espacio para hacerlo. De lo contrario, la jornada laboral se reduce una hora. Esta prestación de la Ley Federal del Trabajo es aplicable durante 6 meses después del parto.
Prima de antigüedad: Después de 15 años de antigüedad el trabajador tendrá derecho a 12 días de salario por cada año cumplido.