Dan luz verde a reforma que eleva multas a quienes injurien al Presidente de la República

Dan luz verde a reforma que eleva multas a quienes injurien al Presidente de la República. Foto: Especial

La actualización de las multas es para hacer eficiente la aplicación de la Ley sobre Delitos de Imprenta, afirma la diputada Jocabeth Hernández Ruedas

La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, a propuesta de Morena, aprobó por 20 votos a favor y 9 en contra, un dictamen que plantea actualizar las multas en la Ley sobre Delitos de Imprenta.

Con la reforma a la Ley de Delito de Imprenta, que actualmente establece multa máxima de mil pesos a quien injurie al Presidente de la Republica; si se completa el proceso legislativo la sanción será de hasta 4 mil 174 pesos.

El dictamen de la propuesta presentada el año pasado por la diputada Bennelly Jocabeth Hernández Ruedas, de Morena, propone reformar los artículos 10, 13, 15, 20, 32 y 33, para actualizar las multas establecidas en pesos para ser cuantificadas en veces UMA.

En su exposición de motivos, la diputada morenista Bennelli Jocabeth Hernández Ruedas, autora de la propuesta indica que la ley vigente ya no “corresponde a nuestro tiempo”.

Explicó que en la actualidad se, “establece sanciones de 25 y 50 pesos o arresto de que no baje de un mes ni se exceda de los once meses para quien publique palabras o expresiones injuriosas en detrimento de otras personas”.

Justifico que, “sale tan barato insultar al policía de la esquina, y a un secretario de Estado y además una afrenta al Congreso no cuesta dinero (…) Por ello se actualizarán las multas a las unidades de medida mencionadas para hacer eficiente esta ley en su aplicación.

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De aprobarse la propuesta de reforma a la Ley Sobre Delitos de Imprenta, están serían las multas:

– De 5 a 40 UMA (de 518 pesos a 4 mil 149 pesos) las injurias a los secretarios del despacho, al fiscal general de la República o a los directores de los departamentos federales, a los gobernadores, a la persona titular de la jefatura del gobierno de la Ciudad de México, en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, o a los tribunales, legislaturas y gobernadores de los estados, a éstos con motivo de sus funciones.

– De 5 a 40 UMA (de 518 pesos a 4 mil 149 pesos) las injurias a un magistrado de la Suprema Corte, a un magistrado de circuito o del Distrito Federal o de los estados, juez de distrito o del orden común ya sea del Distrito Federal, de los territorios o de los estados, a un individuo del Poder Legislativo federal o de los estados, o a un general o coronel, en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, o contra cualquier otro cuerpo público colegiado distinto de los mencionados en las fracciones anteriores ya sean de la Federación o de los Estados.

– De 5 a 10 UMA (de 518 pesos a mil 36 pesos) al que injurie al que mande la fuerza pública, a uno de sus agentes o de la autoridad, o a cualquiera otra persona que tenga carácter público y no sea de los mencionadas en las cuatro fracciones anteriores, en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ella.

-De 5 a 40 UMA en los casos de injurias a las naciones amigas a los jefes de ellas, o a sus representantes acreditados en el país.

Es de subrayar que en el dictamen no se modifican las penas de prisión establecidas actualmente en la Ley sobre Delitos de Imprenta; y en ese sentido, la comisión dictaminadora señaló: “no se alcanza a observar un fin más amplio que el de armonizar su cálculo monetario”.

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