El objetivo será administrar, dar destino o destruir directamente los bienes que le sean transferidos a las personas que funjan como administradores de los mismos, así como encomendar a terceros la enajenación de estos.
Será a partir del 19 de febrero de 2023 cuando inicie funcionamiento el Instituto Hidalguense para Devolver al Pueblo lo Robado, tal como se indica en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), en el que se establece que la Ley para la Administración y Destino de Bienes Asegurados, Abandonados, Decomisados y Extinción de Dominio entrará en vigor 60 días naturales después su publicación lo mismo que el funcionamiento del Instituto.
La publicación se realizó este miércoles, en la que se indica que el Instituto podrá administrar, enajenar, usar, usufructuar, monetizar, dar destino o destruir directamente los bienes, activos o empresas que le sean transferidos o nombrar a las personas que funjan como depositarios, liquidadores, interventores o administradores de los mismos, así como encomendar a terceros la enajenación y destrucción de estos.
Señala que la Junta de Gobierno del Instituto Hidalguense para Devolver al Pueblo lo Robado, deberá tener su primera sesión ordinaria a los primeros diez días hábiles de la entrada en vigor de la Ley, respecto de los Bienes sujetos a los procedimientos penales o de extinción de dominio que se encuentren en trámite, la administración, enajenación y destino de los mismos se ajustará a lo dispuesto.
En tanto, la Secretaría de Finanzas Públicas otorgará conforme a la disponibilidad presupuestal los recursos que sean necesarios para la instalación y funcionamiento del Instituto Hidalguense para Devolver al Pueblo lo Robado así como del Gabinete Social del Estado de Hidalgo, en tanto que el Congreso del Estado determine lo conducente en el Presupuesto de Egresos del ejercicio correspondiente.
De igual modo, la Fiscalía General de Justicia del Estado de Hidalgo conservará en depósito, bajo su responsabilidad y con las obligaciones a que se refiere Ley los bienes asegurados, abandonados, decomisados y de extinción de dominio que se encuentren en su custodia a la entrada en vigor del Decreto. Dichos bienes serán inventariados y entregados al Instituto Hidalguense para Devolver al Pueblo lo Robado, cuando éste los requiera.