Día de la bandera: ¿El 24 de febrero es un día de descanso oficial?

Llega el 24 de febrero miles de mexicanos se hacen la misma pregunta ¿El Día de la Bandera se considera un día de descanso oficial?

¿El 24 de febrero hay clases, se descansa? Aquí te resolvemos y explicamos todas las dudas que rodean la conmemoración del Día de la bandera.

El Día de la Bandera, un uno de los días más importantes como mexicanos, pues se celebra y conmemora uno de los tres símbolos patrios de nuestro país.

Impulsado desde el 24 de febrero de 1934, el expresidente Lázaro Cárdenas fue quien oficializó esta fecha en en 1940 para honrar la bandera.

Al ser un día festivo, esta fecha trae consigo una pregunta para miles de mexicanos ¿El día de la bandera se considera día de descanso? Desde estudiantes, hasta trabajadores y trabajadoras se cuestionan si esta fecha es un día de asueto.

¿Hay clases el 24 de febrero?

La respuesta es NO, pero no realmente por la fecha conmemorativa, sino que de acuerdo al calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP), este viernes 24 de febrero se convocará a una Junta del Consejo Técnico Escolar.

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¿El Día de la Bandera es fecha de asueto para los trabajadores?

A diferencia de las y los estudiantes de nivel básico, para los trabajadores de México el 24 de febrero no se considera un día festivo oficial, por lo tanto los labores continuarán se manera normal.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días de descanso obligatorio 2023 incluyen siete días festivos oficiales, y son:

  • Domingo 1 de enero: Año nuevo
  • Lunes 6 de febrero: El Día de la Constitución Mexicana
  • Lunes 20 de marzo: Natalicio de Benito Juárez, segundo puente del año
  • Lunes 1 de mayo: Día internacional del trabajo
  • Sábado 16 de septiembre: Día de la independencia de México
  • Lunes 20 de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana
  • Lunes 25 de diciembre: La celebración de la navidad representa el quinto y último de los puentes oficiales del 2023.

Recuerda que según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y el artículo 74 de la LFT, los empleados que trabajen en los días festivos oficiales tendrán derecho a que se les pague un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.