Congreso autoriza a municipios adquirir créditos de financiamiento

Congreso Hidalgo

Hernández Cerón mencionó que esta reforma propone que los municipios puedan contratar deuda pública través de un esquema global de financiamiento, herramienta que, bien utilizada, puede ayudar a los gobiernos municipales a hacer frente en forma inmediata a las exigencias de la comunidad

Pachuca de Soto, Hgo.- Durante la sesión extraordinaria de este jueves en el Pleno del Congreso del Estado de Hidalgo, el presidente de la Junta de Gobierno, Asael Hernández Cerón, intervino en la tribuna para mostrar su aprobación con el dictamen por el que aprueba la reforma a la Ley de Deuda Pública estatal.

Hernández Cerón mencionó que esta reforma propone que los municipios puedan contratar deuda pública través de un esquema global de financiamiento, herramienta que, bien utilizada, puede ayudar a los gobiernos municipales a hacer frente en forma inmediata a las exigencias de la comunidad, con la única condición de que debe contraerse de modo que sea una deuda destinada a la inversión en obras públicas productivas y al mejoramiento en la prestación de los servicios públicos.

Según el legislador, la iniciativa es concordante y respeta los límites establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, sin dejar de lado las facultades y obligaciones enmarcadas en la Ley de Deuda Pública para el Estado de Hidalgo. Asimismo, se apega a los criterios que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido para la contratación de deuda pública municipal.

Este dictamen también fue respaldado por la panista Claudia Lilia Luna, quien en su intervención se pronunció a favor de que los 84 municipios hidalguenses puedan contratar uno o varios créditos de financiamiento.

Señaló que el decreto respeta la disposición de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que indica puntualmente que el endeudamiento de los municipios solo podrá destinarse a inversiones públicas productivas, o sea, aquellas destinadas a la ejecución de obras, contratación de servicios, adquisición de bienes y gastos para la rehabilitación de bienes.

Los municipios podrán disponer cantidades que no rebasen más del 25% de los recursos que anualmente les correspondan por concepto del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS).