Los procesos de cierre y traslados de personas privadas de la libertad bajo proceso o sentencia fueron desarrollados en cinco etapas desde 2017 y hasta 2022, mediante operativos coordinados entre la Agencia de Seguridad Estatal, C5i Hidalgo y la Subsecretaría de Reinserción Social
Pachuca, Hidalgo, 13 de julio de 2022.- Tras denunciarse y detectarse irregularidades en las cárceles distritales de Atotonilco el Grande, Zacualtipán, Metztitlán, Zimapán y Tizayuca, autoridades realizaron el cierre definitivo de los cinco espacios.
Esto luego de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en el año 2016, emitió una recomendación general, la cual señala la reclusión irregular en las cárceles municipales o distritales en México, entre ellas las de Hidalgo.
Los recintos, que eran administrados por los ayuntamientos, carecían de infraestructura y capacidad para garantizar la seguridad, la reinserción social y cubrir las necesidades básicas de la población penitenciaria.
Derivado de lo anterior, la Secretaría de Seguridad Pública de Hidalgo llevó a cabo el cierre definitivo de los 5 espacios que contaban con esta característica.
Los procesos de cierre y traslados de personas privadas de la libertad bajo proceso o sentencia fueron desarrollados en cinco etapas desde 2017 y hasta 2022, mediante operativos coordinados entre la Agencia de Seguridad Estatal, C5i Hidalgo y la Subsecretaría de Reinserción Social.
De acuerdo al Informe Especial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en los centros de reclusión de la República Mexicana, dependientes de gobiernos municipales, publicado en 2004, destaca que en más de la tercera parte de las entidades federativas existen establecimientos que albergan internos procesados y sentenciados.
Los cuales no dependen económica ni administrativamente de los gobiernos estatales, sino de autoridades municipales, y que generalmente no tienen instalaciones constitucionalmente adecuadas para garantizar la seguridad y llevar a cabo las actividades propias de un centro de reclusión.
El documento añade que las cárceles municipales no están concebidas para albergar en ellas a personas procesadas ni sentenciadas; para ello, se requiere de establecimientos especiales y de recursos humanos, financieros y materiales con los cuales no cuentan los ayuntamientos.